NORMATIVAS PARA EL OTORGAMIENTO Y/O RENOVACIÓN DEL SUBSIDIO A PERSONAS CON CAPACIDADES DIFERENTES
El subsidio por capacidades diferentes se otorga a los afiliados discapacitados que nopueden ejercer actividades laborales competitivas acordes con su desventaja.( Art. 2° de la Resolución N° 96/95 y Art. 2° de la Resolución N° 01/99 ).
Para acceder al subsidio el afiliado deberá tener como mínimo 1 ( un ) año de antigüedad como agente de la Universidad Tecnológica Nacional. ( Resolución Nº 64/07 )
Asimismo la discapacidad deberá estar certificada por Junta Médica Oficial de repartición pública dependiente del Ministerio de Salud de la Nación según el Art. 3° de la Ley N° 22.431 ( Puntos 2°; 3° y 4° de la Normativa del Anexo I de la Resolución N° 96/95 y Art. 1° de la Resolución N° 01/99 ).
El subsidio cubre:
Se otorga:
1.- La Comisión elevará con el aval de la Presidencia la propuesta de una suma de dinero mensual para ser aprobada por el Consejo de Administración de la DASUTeN con un monto máximo del subsidio para cubrir la AyudaEscolar y los Tratamientos o Gastos Complementarios al tratamiento médico ( Centros de Día, psicológicos, pedagógicos, psicopedagógicos, fonoaudiológicos, kinesiológicos, acompañantes terapéuticos, transporte especial, maestras integradoras, terapias socializantes, terapias ocupacionales, materiales para talleres, materiales consumibles para prótesis u otras ) de acuerdo al costo de los mismos y que no correspondan a tratamientos médicos ni a medicamentos, ya que los mismos son sin cargo . ( Art. 1° de la Resolución N° 06/97, Resolución Nº 70/05 y Resolución Nº 04/06 ).
2.- Dentro del monto máximo se podrá asignar para los hijos en razón de calidad de vida un porcentaje del mismo para cubrir gastos “ ocultos o colaterales “ en razón de su incapacidad de aportar con recursos propios provenientes de actividades laborales al sostenimiento de su núcleo familiar.
Todos los montos precedentes serán abonados a los beneficiarios en la medida que la DASUTeN disponga de fondos afectados a ese propósito, sin que ello comprometa el patrimonio de la Universidad Tecnológica Nacional. ( Art. 2° de la Resolución N° 96/95 ).
Quienes perciban subsidios de otra Obra Social que cubran totalmente los tratamientos complementarios a la atención médica y/o a la escolaridad, no percibirán el aporte de DASUTeN del rubro respectivo o de ambos, según corresponda y en el caso de que reciban un aporte parcial se tratará de cubrir solidariamente el 100 %, siempre dentro de los límites anteriormente citados.
PARA SOLICITAR EL SUBSIDIO SE DEBERÁ PRESENTAR:
A todo lo precedente se puede agregar toda otra documentación o nota aclaratoria que permita tener mayores elementos de juicio para su análisis.
OTORGAMIENTO DEL SUBSIDIO
Recibido en DASUTeN el expediente completo de solicitud del beneficio, pasa a la Comisiónde Atención a Afiliados por Capacidades Diferentes, quienes analizan el mismo y proponen las medidas a tomar y los montos sugeridos para el subsidio, de ser necesario pueden dar intervención para el dictamen a la Auditoría Médica y a la Asesoría Legal.
Por último es puesto a consideración del Consejo de Administración de la DASUTeN, el cual dictamina el monto definitivo. ( Punto 5° de la Normativa del Anexo I de la Resolución N° 96/95 ).
RENOVACIÓN DEL SUBSIDIO
Se deberá presentar todos los años en el mes de diciembre y hasta marzo del año siguiente:
El Certificado Oficial de Discapacidad se deberá presentar sólo en el caso de estar vencido el periodo de validez.
El informe socio-económico se realizará nuevamente sólo si se justificara por una modificación sustancial de la situación familiar.
No se deberá enviar fotocopias de documentación ya presentada ni de recibos vencidos ( del año anterior ).
SUSPENSIÓN DEL SUBSIDIO
Será automática cuando no se presentare la documentación requerida para la renovación. Dicha renovación tiene un plazo máximo hasta el 31 de marzo y podrá extenderse si existiera una causal que justifique su demora.
Se comprobare fehacientemente la no veracidad de lo expresado en la declaración jurada.
NO SERÁ NECESARIA UNA NOTA EXPLICATORIA YA QUE EL AFILIADO DEBERÁ CONOCER LA PRESENTE REGLAMENTACIÓN.
MODIFICACIÓN DEL MONTO DEL SUBSIDIO
El dictamen de aumento o disminución del monto del subsidio cumplirá los mismos requisitos que se realizan al otorgar el mismo.
Cuando de acuerdo a la documentación presentada, la cual se analiza en forma individual y permanente, se considere necesario aumentar el monto, el afiliado lo recibirá al mes siguiente a la aprobación por el Consejo de Administración.
Si se disminuyera, se enviará el primer mes una nota al afiliado explicando las razones que motivaron dicha medida. En el transcurso que pasa entre la nota al afiliado y la aplicación de la disminución del subsidio, el beneficiario tiene el tiempo para enviar nueva documentación aclaratoria y/o ampliatoria con el objeto que la disminución se reconsidere.
La DASUTeN brindará asesoramiento médico, legal y social a los beneficiarios que lo requieran ( Punto 10° de la Normativa del Anexo I de la Resolución N° 96/95 ).
Con los elementos de juicio que el interesado presentare, la Comisión de Capacidades Diferentes analizará cada problema en particular para ajustar el monto al mas adecuado. ( Art. 6° de la Resolución N° 06/97 ). La Comisión actúa en forma permanente y emite despacho una vez al mes; ello le permite evaluar la documentación que va llegando en el transcurso del año, como así también analizar lo obtenido en las visitas que se realizaren a los beneficiarios y/o a las instituciones que prestan los servicios. ( Art. 3° de la Resolución N° 96/95 ).
Las presentes normas representan una guía u orientación para los afiliados como así también para la Comisión de Capacidades Diferentes, lo cual no significa que deban ser rígidas, pueden ser modificadas ( dentro del monto máximo ) cuando la gravedad del problema así lo determine, pero la razón debe ser claramente justificada en el despacho de la Comisión como así también en la resolución del Consejo de Administración de DASUTeN.
Estas normativas permiten la transparencia necesaria que debe existir en todo el accionar del ser humano, sobre todo dentro de esta problemática tan sensible y especialmente en el ámbito de la Universidad Tecnológica Nacional.